Liquidación de sueldos abril

Circular recibida de CAME

Hacemos saber que en las negociaciones paritarias mantenidas entre las entidades empresarias con el sector sindical, respecto de la recomposición salarial de los empleados comprendidos en el CCT 130/75 (Empleados de Comercio), y pese a la predisposición y buena voluntad puesta de manifiesto por las entidades empresarias, aún no se ha podido llegar a un acuerdo.

En consecuencia, habiendo vencido el último acuerdo salarial, y hasta tanto entre en vigencia el correspondiente al año 2015, las empresas deben liquidar el salario correspondiente al mes de abril en las mismas condiciones que el mes anterior.

Sin perjuicio de ello, aquellas empresas que consideren conveniente incrementar el salario de su personal con antelación a que se definan las negociaciones generales, lo deberán hacer liquidándolo bajo la leyenda “pago a cuenta paritaria 2015”.

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