Covid-19

Información Importante para Comercios - Provincia de Santa Fe

El Ministerio de Producción de la Provincia informa las medidas en vigencia para comercios minoristas con venta on line.

El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe, recuerda las medidas vigentes para el comercio, en especial para el sector minorista que realiza ventas en forma on line o telefónica:

1. Mantenerse informado todo el tiempo por nuevas disposiciones de Nación que amplían actividades exceptuadas.

2. Informarse respecto a la normativa de la Provincia. En el portal de Santa Fe, encontrará todo detallado en https://www.santafe.gov.ar respecto a las disposiciones y protocolos de acción productivos adoptados en la prov. de Santa Fe.

3. Fundamental leer Resol. Nº41 del M. de Trabajo de la prov. de Santa Fe https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/257764/1357696/

4. Si su actividad está exceptuada, es OBLIGATORIO comunicar por mail protocolocovid@santafe.gov.ar al Ministerio de Trabajo de la prov. de Santa Fe lo siguiente:
a) Protocolo de Prevención de Coronavirus COVID-19 adoptado. (Ya se encuentran disponibles en la web Portal Santa Fe todos los Protocolos), donde especifica horarios de reparto y otras cuestiones generales. (Respecto a horarios, estos pueden sufrir alguna modificación por normativa de cada municipio).
b) DDJJ sobre el estado de salud del trabajador/res (sea el mismo empleador y/o empleados a su cargo)

Importante: - No podrán iniciar sus actividades hasta tanto no comuniquen enviando correo electrónico al Ministerio de Trabajo el Protocolo y la/las DDJJ.

5. Tramitar Permiso de circulación correspondiente (encontrará instructivo y la DDJJ para descarga, se imprime, se completa y se debe certificar ante autoridad policial y/o jurisdiccional de la localidad a la que pertenece. https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/view/full/234605/(subtema)

6. Si su actividad está permitida y no tiene empleados a su cargo igual es Obligatoria la presentación de PROTOCOLOS DE SEGURIDAD E HIGIENE Y DDJJ SOBRE ESTADO DE SALUD del trabajador.

7. En caso de la Venta de Mercaderías de Comercios Minoristas On Line NO ESTA PERMITIDO LA ATENCION AL PUBLICO. LA ENTREGA LA PUEDE REALIZAR POR DELIBERY, CORREO O CON VEHICULO PARTICULAR EL PROPIO COMERCIANTE.

8. Ante cualquier actividad de las permitidas, es fundamental que, tanto el Vendedor como el Consumidor actúen con RESPONSABILIDAD Y SENTIDO COMUN a la hora de cualquier transacción y/o posterior entrega de mercadería y/o servicio.

9. Tomar todas las medidas de seguridad e higiene ya conocidas.

10. Evite la circulación y aglomeración de personas.

11. Para ENTREGA usar transporte particular, como ser auto, camioneta, moto, bicicleta. 

Para descargar el archivo completo, pulse aquí.

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